La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas. Se trata de:
- A.Cohecho.
- B.Exacciones ilegales.
- C.Malversación.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 432.1 del Código Penal tipifica la malversación como el delito en el que una autoridad o funcionario público se apropia del patrimonio público que tiene a su cargo con ánimo de lucro. Esto se diferencia del cohecho (recibir dádivas) y de las exacciones ilegales (exigir retribuciones no debidas).