Pregunta 57

Policía Local - 2023 - Inspector Policía Local - Torrent

Las zonas acústicamente saturadas (ZAS), según el artículo 28 de la Ley 7/2002 de 3 de diciembre, de la Generalitat, de protección contra la contaminación acústica, serán declaradas cuando:

  • A.Cuando cada actividad individualmente considerada cumpla con los niveles establecidos en esta ley, se sobrepasen dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o, tres alternas en un plazo de 35 días naturales, y en más de 30 dB(A), los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior establecidos en la tabla 1 del anexo II de la meritada Ley.
  • B.Cuando cada actividad individualmente considerada cumpla con los niveles establecidos en esta ley, se sobrepasen dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o, tres alternas en un plazo de 35 días naturales, y en más de 20 dB(A), los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior establecidos en la tabla 1 del anexo II de la meritada Ley.Respuesta correcta
  • C.Cuando cada actividad individualmente considerada cumpla con los niveles establecidos en esta ley, se sobrepasen dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o, tres alternas en un plazo de 35 días naturales, y en más de 25 dB(A), los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior establecidos en la tabla 1 del anexo II de la meritada Ley.
  • D.Cuando cada actividad individualmente considerada cumpla con los niveles establecidos en esta ley, se sobrepasen dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o, tres alternas en un plazo de 35 días naturales, y en más de 35 dB(A), los niveles de evaluación por ruidos en el ambiente exterior establecidos en la tabla 1 del anexo II de la meritada Ley.

Explicación

La respuesta correcta es B. Las zonas acústicamente saturadas se declaran cuando, cumpliendo individualmente cada actividad con los niveles legales, se sobrepasan dos veces por semana durante tres semanas consecutivas o tres alternas en 35 días naturales en más de 20 dB(A) los niveles de evaluación. El umbral crítico es 20 decibelios por encima de los límites establecidos en la Ley 7/2002.