A efectos de la Ordenanza de protección contra la Contaminación Acústica y térmica, el día se divide:
- A.En tres períodos: el diurno, constituido por 12 horas continuas de duración, comprendido entre las 7.00 y hasta las 19.00 horas; el periodo vespertino, o periodo tarde, comprendido entre las 19.00 y las 23.00 horas y el nocturno, entre las 23.00 y las 7.00 horas.Respuesta correcta
- B.En dos periodos: el diurno, constituido por 12 horas continuas de duración, comprendido entre las 7.00 y hasta las 19.00 horas, y el nocturno, entre las 23.00 y las 7.00 horas.
- C.En tres períodos: el diurno, constituido por 12 horas continuas de duración, comprendido entre las 7.00 y hasta las 19.00 horas; el periodo vespertino, o periodo tarde, comprendido entre las 19.00 y las 24.00 horas y el nocturno, entre las 24.00 y las 7.00 horas.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ordenanza de Protección contra Contaminación Acústica de Madrid divide el día en tres períodos: diurno (7:00-19:00), vespertino (19:00-23:00) y nocturno (23:00-7:00), evaluando el indicador Lden.