Segun el articulo 14.3 del Codigo Penal:
- A.El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infraccion penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicara la pena inferior en uno o dos grados.
- B.El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infraccion penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera invencible, se aplicara la pena inferior en uno o dos grados.
- C.El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infraccion penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicara la pena superior en uno o dos grados.
- D.El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infraccion penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicara la pena inferior en uno o dos grados.
Explicación
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