Si el funcionario a quien corresponde redactar un atestado no pudiere hacerlo:
- A.El Juez de instrucción o el funcionario del Ministerio Fiscal designará otro funcionario para que lo redacte.
- B.Se sustituirá por una grabación legal de los hechos acontecidos, agregando la razón por la que no se presenta el atestado en forma escrita.
- C.Lo hará su inmediato superior.
- D.Se sustituirá por una relación verbal circunstanciada, que se reducirá a escrito de un modo fehaciente.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 294 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que si no puede redactarse el atestado, se sustituirá por una relación verbal circunstanciada que se reduzca a escrito de forma fehaciente lo antes posible.