Según el art. 295 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, salvo en casos de fuerza mayor o en el previsto en el apartado 2 del artículo 284 de la misma ley; ¿Cuál será el plazo de tiempo que no podrá dejar transcurrir las funcionarios de Policía Judicial sin dar conocimiento de las diligencias que hubieren practicado a la Autoridad Judicial o al Ministerio Fiscal?
- A.24 horas.
- B.48 horas.Respuesta correcta
- C.72 horas.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 295 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece un plazo de veinticuatro horas para que los funcionarios de Policía Judicial comuniquen las diligencias realizadas a la Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal, diferente al de setenta y dos horas para la detención.