Según el dictado de la Ley de Gestión de Emergencias de Andalucía ¿Cuándo tendrá carácter preceptivo la constitución de una Comisión de Rehabilitación?
- A.Cuando la carencia de servicios esenciales constituya por sí misma una situación de emergencia.Respuesta correcta
- B.En las emergencias declaradas de Interés General de Andalucía.
- C.En aquellas emergencias en que las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, estimen imprescindible una labor de rehabilitación de los servicios esenciales.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley 2/2002 establece que la constitución de una Comisión de Rehabilitación tendrá carácter preceptivo cuando la carencia de servicios esenciales constituya por sí misma una situación de emergencia, siendo este el supuesto obligatorio.