Si circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo, cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los casos siguientes (Señale la falsa):
- A.Cuando haya animales en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse razonablemente su irrupción en la misma.
- B.En los tramos con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía que se esté utilizando.
- C.Al aproximarse a un autobús en situación de parada, principalmente si se trata de un autobús de transporte escolar.Respuesta correcta
- D.Dentro de poblado, al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada o a ciclos que circulen por ella o por su arcén.
Explicación
La respuesta correcta es C. El art. 46 del RGC no contempla la aproximación a un autobús en parada como obligación de velocidad moderada general, siendo esta la respuesta falsa.