No se podrá proceder a la inmovilización del vehículo cuando:
- A.El vehículo presente deficiencias que constituyan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial.
- B.El conductor o el pasajero hagan uso del casco de protección o de los dispositivos de retención infantil, en los casos en que fuera obligatorio. Esta medida no se aplicará a los conductores.Respuesta correcta
- C.Se produzca la negativa a efectuar las pruebas a que se refiere el artículo 14.2 y 3, o cuando éstas arrojen un resultado positivo.
- D.El vehículo carezca de seguro obligatorio.
Explicación
La respuesta correcta es B. El art. 85 de la LSV establece que NO procede inmovilizar cuando el conductor/pasajero hace uso del casco o dispositivo de retención infantil.