Contra los actos expresos que no agotan la vía administrativa, ¿Qué tipo de recurso y en qué plazo se tiene que interponer?
- A.Recurso de alzada en el plazo de 1 mes.Respuesta correcta
- B.Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- C.Recurso de alzada en el plazo de 3 meses.
Explicación
La respuesta correcta es A. Contra actos expresos que no agotan la vía administrativa se interpone recurso de alzada en plazo de 1 mes, según el artículo 122.1 de la Ley 39/2015.