¿La realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas solo implicará la anulabilidad del acto?
- A.Cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo.Respuesta correcta
- B.Cuando produzca indefensión.
- C.Ambas.
Explicación
La respuesta correcta es A. El incumplimiento de plazos en actuaciones administrativas solo implica anulabilidad cuando la naturaleza del término lo exige, según el artículo 48.3 de la Ley 39/2015.