En atención a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, la Administración del Estado ¿está legitimada ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo?: (Indicar la respuesta correcta)
- A.Sí, cuando ostente un derecho o interés legítimo, para impugnar los actos y disposiciones de la Administración de las Comunidades Autónomas y de los Organismos públicos vinculados a estas, así como los de las Entidades locales, de conformidad con lo dispuesto en la legislación de régimen local, y los de cualquier otra entidad pública no sometida a su fiscalización.Respuesta correcta
- B.Solo cuando ostente un derecho legítimo, para impugnar los actos y disposiciones de la Administración de las Comunidades Autónomas y de los Organismos públicos vinculados a estas, así como los de las Entidades locales, de conformidad con la legislación de régimen local, y los de cualquier otra entidad pública no sometida a su fiscalización.
- C.En todo caso.
- D.Solo cuando ostente un derecho o interés legítimo, para impugnar los actos de la Administración de las Comunidades Autónomas y de los Organismos públicos vinculados a estas de conformidad con lo dispuesto en la legislación aplicable.
Explicación
La respuesta correcta es A. El art. 19 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa legitima a la Administración del Estado para impugnar actos cuando ostente un derecho o interés legítimo frente a actos de CCAA, entes locales y otras entidades públicas.