De conformidad con el artículo 181 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, será castigado como responsable de abuso sexual:
- A.El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona.Respuesta correcta
- B.El que, con violencia o intimidación realizare actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual de otra persona.
- C.El que solicitare favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga.
- D.El que ejecutare o hiciese ejecutar actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 181 del Código Penal castiga abuso sexual a quien, sin violencia ni intimidación ni consentimiento, realiza actos contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona.