¿En qué casos los actos administrativos serán objeto de publicación?
- A.Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad determinada de personas.
- B.Cuando la Administración estime que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo en este último caso, adicional a la individualmente realizada.Respuesta correcta
- C.Cuando se trate de actos integrantes de un procedimiento electivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.
- D.Cuando la Administración que dicta el acto administrativo lo considere oportuno para una mayor publicidad al acto.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015 requiere publicación cuando la notificación individual es insuficiente para garantizar que todos los afectados se enterer, siendo la publicación adicional a la notificación individual realizada.