Pregunta 45

Policía Local - 2021 - Policía Local - Getafe

El informe preceptivo de la consejería competente en materia de coordinación de policías locales de la Comunidad de Madrid, para la creación del Cuerpo de policía local en los municipios de población inferior a 5.000 habitantes, deberá ser solicitado con carácter previo a la adopción del acuerdo inicial de creación del Cuerpo, acompañado de la motivación de la necesidad, así como de la viabilidad económica de la cobertura de la plantilla policial. Recibida la solicitud municipal, la mencionada consejería emitirá en el plazo de un mes el correspondiente informe, que deberá en todo caso ser razonado.

  • A.Dicho informe no tendrá carácter vinculante.Respuesta correcta
  • B.Dicho informe tendrá carácter vinculante.
  • C.Dicho informe tendrá carácter vinculante previa aprobación en el pleno municipal.

Explicación

La respuesta correcta es A. La Ley 1/2018 exige informe preceptivo de la consejería para crear Policía Local en municipios <5.000 habitantes, que debe ser razonado en plazo de un mes, pero no tiene carácter vinculante.