Pregunta 42

Policía Local - 2019 - Subinspector Policia Local - Marchena

En relación a la situación administrativa de la segunda actividad de los policías locales, el municipio, motivadamente, podrá limitar por cada año natural y categoría el número de funcionarios que puedan acceder a la situación de segunda actividad por razón de edad, prorrogando la permanencia en el servicio activo de quienes:

  • A.Les corresponda el pase en el año y cuenten con menos antigüedad en el Cuerpo.
  • B.En orden inverso al de la fecha en que cumplan la edad, excedan del cupo así fijado.Respuesta correcta
  • C.Primero cumplan la edad en el primer semestre del año y luego los que la cumplan en el segundo semestre y, en ambos casos, quienes cuenten con menos antigüedad en el Cuerpo.

Explicación

. En relación con la situación de segunda actividad, la ley establece que el municipio puede limitar motivadamente el número de funcionarios que accedan a segunda actividad por razón de edad en cada año natural y categoría.