Los bienes de las entidades locales se clasifican en:
- A.Bienes de derecho público y bienes patrimoniales.Respuesta correcta
- B.Bienes comunales y de propios.
- C.De uso y servicio privado.
- D.De uso y servicio público.
Explicación
La respuesta correcta es A. El patrimonio de las Entidades locales se clasifica en bienes de dominio público (comunales, de uso o servicio público) y bienes patrimoniales, según el artículo 79 de la LRBRL. Esta división determina los diferentes regímenes jurídicos aplicables.