La Constitución Española establece que es el Estado el que tiene competencia exclusiva para legislar en materia penal, procesal y penitenciaria, excluyendo de la misma a cualquier entidad de ámbito territorial y al resto de administraciones públicas, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas; todo esto viene recogido en el artículo:
- A.149.1.5
- B.149.1.6Respuesta correcta
- C.149.1.7
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 149.1.6.ª de la Constitución Española atribuye al Estado competencia exclusiva sobre legislación penal, procesal y penitenciaria, sin perjuicio de las especialidades derivadas del derecho sustantivo autonómico.