Según el artículo 87 ter de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial, en qué órdenes podrán conocer los Juzgados de Violencia de actos puestos en su conocimiento, que constituyen expresión de violencia de género:
- A.En el orden penal.
- B.En el orden civil.
- C.En los ambos órdenes penal y civil.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 87 ter de la LOPJ, introducido por la LO 1/2004, atribuye a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer competencia tanto en orden penal (delitos de violencia de género) como en orden civil (familia, guarda, custodia) cuando alguna parte sea víctima.