Según el artículo 96.3 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el recurso de reposición en el procedimiento sancionador ordinario:
- A.Suspenderá la ejecución del acto impugnado, por la ejecución del acto impugnado.
- B.Suspenderá la ejecución de la sanción pero no la ejecución del acto impugnado.
- C.No suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 96.3 del TRLSV establece que el recurso de reposición en procedimiento sancionador ordinario no suspende la ejecución del acto ni la sanción, aplicándose el principio general de ejecutividad de los actos administrativos sin necesidad de agotar recursos previos.