Según el artículo 561 del Código Penal, Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, quien afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento, será castigado con la pena de:
- A.Prisión de seis meses y un día a dos años y multa de seis a veinticuatro meses.
- B.Prisión de ocho meses y un día a tres años y multa de doce a veinticuatro meses.
- C.Prisión de tres meses y un día a un año y multa de tres a dieciocho meses.Respuesta correcta
- D.Ninguna de las anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 561 del Código Penal castiga con prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses a quien afirme falsamente o simule una situación de peligro con el fin de provocar movilización de servicios de policía, asistencia o salvamento. Esta pena es significativamente menor que la de otros delitos más graves contra la seguridad pública.