Con carácter general, de conformidad con lo establecido por el artículo 20 del Reglamento General de Circulación, ¿qué tasa de alcohol es de aplicación al conductor de un vehículo de movilidad personal?
- A.La tasa de 0,25 mg/l. de alcohol en aire espirado.Respuesta correcta
- B.Ninguna pues no se trata de ningún vehículo.
- C.La tasa de 0,15 mg/l. de alcohol en aire espirado si es un conductor profesional.
- D.Dependerá de la clase de permiso o licencia de conducción que posea la persona que lo conduce.
Explicación
La respuesta correcta es A. Los conductores de vehículos de movilidad personal están sometidos con carácter general a la tasa ordinaria de 0,25 mg/l de alcohol en aire espirado, al igual que los conductores no profesionales de turismos.