En un vehículo de autoescuela que circula en función del aprendizaje de la conducción, a tenor de lo dispuesto por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en su anexo I ¿quién tiene la consideración legal de conductor?
- A.La persona que maneja los mecanismos de dirección del vehículo.
- B.La persona que está a cargo de los mandos adicionales del vehículo.Respuesta correcta
- C.El alumno o alumna que va conduciendo el vehículo.
- D.La persona que está a cargo de los mandos del vehículo.
Explicación
La respuesta correcta es B. En vehículos de autoescuela en funcionamiento de aprendizaje, la consideración legal de conductor recae sobre el instructor, quien tiene control efectivo del vehículo mediante los mandos adicionales y es responsable de la seguridad.