Conforme a lo dispuesto por los artículos 21 y 28 del Reglamento General de Circulación, en relación con el artículo 7 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ¿quién tiene la competencia para determinar la realización de los controles de alcohol y drogas en casco urbano?
- A.El Jefe de la Policía Local.
- B.El mando de la Policía Local a cuyo cargo está el control policial.
- C.La Alcaldía o Concejal Delegado/a correspondiente.Respuesta correcta
- D.La Jefatura Provincial de Tráfico.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según los artículos 21 y 28 del Reglamento General de Circulación en relación con la Ley de Tráfico, la competencia para determinar controles de alcohol y drogas en casco urbano corresponde a la Alcaldía o Concejal Delegado, como autoridades de tráfico locales. El Jefe de Policía Local es quien ejecuta los controles pero no quien ordena su realización.