Pregunta 59

Policía Local - 2017 - Policia Local - Badajoz

Siguiendo lo dispuesto en el artículo 418 de la Ley Orgánica 10/95 de 23 de Noviembre, del Código Penal, el particular que sin resultar grave daño para la causa publica o para tercero, aprovechare para sí o para un tercero el secreto o la información privilegiada que obtuviere de un funcionario público o autoridad, obtendrá un castigo penal. Indique de las relacionadas cual no se corresponde con el castigo recogido en el Código Penal:

  • A.Pena de prisión de seis meses a un año.Respuesta correcta
  • B.Multa del tanto al triplo del beneficio obtenido o facilitado.
  • C.Perdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas durante el periodo de uno a tres años.
  • D.Pérdida del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el periodo de uno a tres años.

Explicación

El articulo 418 CP sanciona al particular que aprovecha informacion privilegiada obtenida de un funcionario. Las penas son: multa del tanto al triplo, perdida de subvenciones, y perdida de beneficios fiscales o de SS durante 1-3 anos.