De conformidad con lo establecido en el Estatuto de la Victima, se consideran víctimas…
- A.Sólo las personas físicas que haya sufrido un daño o perjuicio sobre su propia persona o patrimonio
- B.Sólo las personas físicas y el cónyuge no separado legalmente
- C.Sólo la víctima y en su caso su representante legal
- D.La victima directa y las víctimas indirectas entendiendo por ellas a su cónyuge no separado legalmente o de hecho y a los hijos de la víctima o del cónyuge no separado legalmente o de hecho que en el momento de la muerte o desaparición de la víctima convivieran con ellos; a la persona que hasta el momento de la muerte o desaparición hubiera estado unida a ella por una análoga relación de afectividad y a los hijos de ésta que en el momento de la muerte o desaparición de la víctima convivieran con ella; a sus progenitores y parientes en línea recta o colateral dentro del tercer grado que se encontraren bajo su guarda y a las personas sujetas a su tutela o curatela o que se encontraren bajo su acogimiento familiar.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Las víctimas incluyen directas e indirectas: cónyuge no separado, hijos convivientes, personas en relación análoga de afectividad, progenitores y parientes hasta tercer grado bajo guarda, y personas con tutela/curatela según el art. 2 de la Ley 4/2015.