Pregunta 48

Policía Local - 2016 - Policía Local - Chipiona

Dictar bandos es atribución de:

  • A.El Alcalde-Presidente.Respuesta correcta
  • B.El Pleno de una Entidad Local.
  • C.El Jefe del Cuerpo de Policía.
  • D.Ninguna de las respuestas anteriores es cierta.

Explicación

La respuesta correcta es A. Según el artículo 21 de la Ley 7/1985, dictar bandos es una atribución exclusiva del Alcalde-Presidente. Los bandos son disposiciones de carácter general en el ámbito de sus competencias.