Según el anexo III del Reglamento general de circulación, "Los vehículos especiales o en régimen de transporte especial cuya anchura supere los 5 metros precisarán":
- A.Acompañamiento de los agentes de la autoridad encargada de la vigilancia del tráfico, la cual se solicitará por el conductor del transporte con un plazo mínimo de 72 horas de antelación.
- B.Acompañamiento de los agentes de la autoridad encargada de la vigilancia del tráfico, sin necesidad de solicitarlo con antelación puesto que ya está indicada en la autorización para dicho transporte.
- C.Acompañamiento de los agentes de la autoridad encargada de la vigilancia del tráfico, la cual se solicitará por el titular con un plazo mínimo de 72 horas de antelación.Respuesta correcta
- D.Nada de lo anterior es correcto ya que la anchura que tiene que superar es de 2,60 metros indicada en el anexo IX del RGVeh sobre masas y dimensiones.
Explicación
La respuesta correcta es C. Los vehículos especiales con ancho superior a 5 metros requieren acompañamiento de agentes de tráfico. La solicitud debe hacerla el titular del transporte con 72 horas de antelación.