El artículo 96 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público dispone que por razón de las faltas cometidas podrán imponerse la siguiente sanción:
- A.Separación del servicio de los funcionarios y que sólo podrá sancionar la comisión de faltas graves.
- B.Suspensión firme de funciones, o de empleo y sueldo en el caso del personal laboral, con una duración máxima de 5 años.
- C.Demérito, que consistirá en la penalización a efectos de carrera, promoción o movilidad voluntaria.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta es C. El artículo 96.1 del Estatuto Básico del Empleado Público define el demérito como la sanción que penaliza en carrera, promoción o movilidad voluntaria. Es la única sanción orientada específicamente a limitar la progresión profesional, diferenciándose de sanciones más graves como separación del servicio (solo para faltas muy graves) o suspensión.