De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, el periodo de vigencia de los certificados cualificados:
- A.No será superior a 5 años.Respuesta correcta
- B.No será superior a 3 años.
- C.Es ilimitado.
- D.No será superior a 6 años.
Explicación
El artículo 4.2 de la Ley 6/2020 de servicios electrónicos de confianza establece que período de vigencia de certificados cualificados no será superior a cinco años. Se extinguen por caducidad o revocación. Límite armoniza con Reglamento eIDAS.