Con carácter general el documento nacional de identidad tendrá un periodo de validez, a contar desde la fecha de la expedición o de cada una de sus renovaciones, de:
- A.Dos años cuando el solicitante no haya cumplido los cinco años de edad.Respuesta correcta
- B.Cuatro años, cuando el titular haya cumplido los cinco años de edad y no haya alcanzado los treinta al momento de la expedición o renovación.
- C.Nueve años, cuando el titular haya cumplido los treinta y no haya alcanzado los setenta.
- D.Permanente cuando el titular haya cumplido los sesenta años.
Explicación
El Real Decreto 1553/2005 establece períodos de validez del DNI: dos años si no cumplió cinco; cinco años si alcanzó cinco pero no treinta; diez años si alcanzó treinta pero no setenta; permanente si cumplió setenta. Plazos reflejan cambios por edad.