Pregunta 88

Hacienda - 2024 - Agente de la Hacienda Pública

Según el artículo 4 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, la obligación de expedir factura podrá ser cumplida mediante la expedición de factura simplificada y copia de esta cuando su importe no exceda de 400 euros, IVA incluido, o cuando su importe se eleve a 3.000 euros, IVA incluido. No obstante, si se eleva a 3.000 euros, IVA incluido, en las siguientes operaciones:

  • A.Ventas a distancia intracomunitarias de bienes a las que se aplique el régimen especial de las ventas a distancia y servicios prestados por el régimen de especial de las ventas a distancia.
  • B.Entregas de bienes destinadas a otros Estados miembros.
  • C.Entregas de bienes localizadas en el territorio de aplicación del IVA realizadas por un proveedor no establecido, en las que el sujeto pasivo sea el adquirente y el destinatario expida la factura por cuenta del proveedor.
  • D.El transporte de viajeros por vía aérea con destino a un aeropuerto situado fuera del ámbito espacial del impuesto.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es D. El Reglamento de facturación permite expedir factura simplificada cuando el importe no excede 400 euros IVA incluido, o hasta 3.000 euros en determinadas operaciones. El transporte de viajeros por vía aérea internacional está entre las excepciones que admiten factura simplificada aunque superen los 3.000 euros en ciertos casos.