Según el artículo 73.1 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de los Agentes de la Administración tributaria, el órgano competente de las Administración tributaria deberá expedir el certificado tributario en el plazo de:
- A.5 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.
- B.15 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.
- C.20 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.
- D.10 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 73.1 del Reglamento General de Agentes Tributarios establece que el órgano competente deberá expedir el certificado tributario en el plazo de diez días. Este plazo se cuenta desde la solicitud, a menos que la normativa específica del certificado fije un plazo distinto. Los certificados tributarios son documentos esenciales que acreditan la situación tributaria del contribuyente ante terceros.