Pregunta 96

Hacienda - 2020 - Agente de la Hacienda Pública

¿Qué plazo tendrá el obligado al pago para presentar valoración contradictoria realizada por perito una vez recibida la notificación de la valoración del bien según el artículo 97 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005?:

  • A.20 días contados a partir del día siguiente a la notificación de la valoración.
  • B.1 mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la valoración.
  • C.15 días contados a partir del día siguiente al de la notificación de la valoración.Respuesta correcta
  • D.30 días contados a partir del día siguiente al de la notificación de la valoración.

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 97 RGR establece que el obligado tiene plazo de 15 días desde la notificación de la valoración del bien para presentar una valoración contradictoria realizada por su propio perito.