Conforme al artículo 184 de la Ley 58/2003, General Tributaria, uno de los criterios de calificación de las infracciones es:
- A.La comisión repetida de infracciones tributarias.
- B.La colaboración de datos a la Administración tributaria.Respuesta correcta
- C.El perjuicio económico para la Hacienda Pública.
- D.El incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 184 LGT califica las infracciones según criterios como la ocultación y el uso de medios fraudulentos. El artículo 187 LGT establece criterios de graduación de sanciones como la comisión repetida, perjuicio económico e incumplimiento de facturación.