El procedimiento sancionador en materia tributaria:
- A.Siempre se tramitará de forma separada a los de aplicación de los tributos regulados en el título III de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- B.Se tramitará de forma separada a los de aplicación de los tributos regulados en el título III de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, salvo renuncia del obligado tributario, en cuyo caso se tramitará conjuntamente.Respuesta correcta
- C.Siempre se tramitará de forma conjunta con los de aplicación de los tributos regulados en el título III de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- D.Se tramitará de forma conjunta con los de aplicación de los tributos regulados en el título III de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, salvo que el obligado tributario manifieste de manera expresa su voluntad de que se tramiten de forma separada.
Explicación
La respuesta correcta es B. Según el artículo 208.1 de la LGT, el procedimiento sancionador se tramita de forma separada, a menos que el obligado renuncie y lo tramite conjuntamente.