Notificado el embargo al obligado al pago, ¿en qué plazo deberá dicho obligado poner a disposición de los órganos de recaudación competentes los vehículos embargados, con su documentación y llaves?
- A.En un plazo de un día.
- B.En un plazo de tres días.
- C.En un plazo de cinco días.Respuesta correcta
- D.En un plazo de quince días.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el artículo 75 del RGR, notificado el embargo, el obligado debe poner a disposición los vehículos embargados con documentación y llaves en plazo de cinco días.