¿Es embargable el derecho a las prestaciones del partícipe en un plan de pensiones?
- A.No, el derecho a las prestaciones del partícipe en un plan de pensiones es inembargable porque el embargo no podría ejecutarse a corto plazo.
- B.Sí, pero el embargo no se ejecutará hasta que se cause el derecho a la prestación o se haga efectivo el derecho por concurrir los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración previstos en el texto refundido de la Ley de planes y fondos de pensiones.Respuesta correcta
- C.Sí, pero únicamente si el deudor tiene más de 60 años.
- D.Sí, pudiendo ejecutarse el embargo inmediatamente.
Explicación
La respuesta correcta es B. El derecho a prestaciones del partícipe en un plan de pensiones es embargable, pero el embargo no se ejecuta hasta que se cause el derecho a la prestación o se den supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración.