Según el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Personal del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, en las ofertas de empleo público se reservará un cupo:
- A.No superior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
- B.No inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
- C.No superior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o inferior al 33 por ciento.
- D.No inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
Explicación
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