La anotación caducada, según el artículo 150 del Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el reglamento de la ley del registro civil:
- A.La anotación no caduca.
- B.A los tres años.Respuesta correcta
- C.A los cinco años.
- D.A los cuatro años.
Explicación
La respuesta correcta es B. El Decreto de 14 de noviembre de 1958, que aprueba el Reglamento del Registro Civil, establece que las anotaciones caducan a los tres años, salvo que una disposición especial señale otro plazo.