Contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil por prejudicialidad penal, se podrá interponer:
- A.Recurso de reposición.Respuesta correcta
- B.Recurso de apelación, sin perjuicio de reproducir la solicitud de casación durante la segunda instancia, y, en su caso, durante la tramitación de los recursos extraordinarios por infracción procesal o casación.
- C.Recurso de queja.
- D.No cabe recurso alguno.
Explicación
Contra la resolución que niega la suspensión por prejudicialidad penal cabe interponer recurso de reposición ante el Letrado de la Administración de Justicia.