A los efectos de la tramitación de las autorizaciones o ratificaciones a que se refiere el artículo 8.6 de la LJCA, ésta tendrá siempre carácter preferente y deberá resolverse por:
- A.Sentencia en un plazo máximo de cinco días naturales.
- B.Sentencia en un plazo máximo de tres días naturales.
- C.Auto en un plazo máximo de cinco días naturales.
- D.Auto en un plazo máximo de tres días naturales.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 8.6 LJCA requiere que las autorizaciones o ratificaciones de actuaciones administrativas se resuelvan mediante auto en plazo máximo de tres días naturales. Esta urgencia garantiza que la autorización no frustre la eficacia administrativa.