Pregunta 43

Gestión Procesal y Administrativa - 2019 - Gestión Procesal y Administrativa

¿Qué sentencias dictadas por los Juzgados Contencioso-administrativos y los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo están excluidas del recurso de apelación?

  • A.Aquellas cuya cuantía sea superior a 100.000 euros y las relativas a materia de personal.
  • B.Aquellas cuya cuantía no exceda de 30.000 euros y las relativas a materia electoral en los casos legalmente previstos.Respuesta correcta
  • C.Ninguna, todas las sentencias dictadas por estos dos órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa son susceptibles de apelación.
  • D.Las dictadas en procedimientos para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

Explicación

La Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa excluye del recurso de apelación las sentencias dictadas en litigios de cuantía inferior a treinta mil euros. Este umbral busca descongestionar los tribunales superiores evitando que se recurran pleitos menores. También están excluidas las sentencias en materia electoral en los casos específicamente previstos. Los casos de derechos fundamentales sí son apelables siempre, y los de mayor cuantía también, lo que garantiza protección judicial efectiva en materias sensibles.