Pregunta 97

Bomberos - 2024 - Bombero - Ayuntamiento de Sevilla (67 plazas)

Según lo dispuesto en el artículo 84.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, es falta muy grave:

  • A.El retraso, la negligencia o descuido en el cumplimiento de sus funciones, salvo que constituya falta grave.
  • B.La ausencia injustificada al trabajo.Respuesta correcta
  • C.La prevalencia de la condición de empleado público para obtener un beneficio indebido para sí o para otro.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 95.2 del TREBEP tipifica las faltas muy graves, entre las que figura la ausencia injustificada con ciertas circunstancias agravantes. Aunque el enunciado menciona erróneamente el artículo 84.1, la opción B corresponde a las conductas seriamente disciplinables en materia de incumplimiento de obligaciones laborales.