El artículo 167.3 de la Constitución Española de 1978 determina que una vez aprobada la reforma constitucional por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación:
- A.Una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.Respuesta correcta
- B.Una tercera parte de los miembros de ambas Cámaras.
- C.Una tercera parte de los miembros del Congreso de los Diputados y una quinta parte de los miembros del Senado.
Explicación
La respuesta correcta es la A. El artículo 167.3 de la Constitución Española establece que el referéndum para ratificar una reforma constitucional solo se convoca si lo solicita una décima parte de los miembros de cualquiera de las dos Cámaras, dentro de quince días tras la aprobación parlamentaria.