La protección judicial de los derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo 2º (Título I) de la Constitución:
- A.Ante los Tribunales ordinariosRespuesta correcta
- B.Ante los Tribunales penales
- C.Ante el Ministerio Fiscal
- D.Ante el Defensor del Pueblo
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 53.2 de la Constitución Española establece que la protección judicial de los derechos fundamentales (artículo 14 e igualdad, libertad, seguridad e intimidad en la Sección primera) corresponde a los Tribunales ordinarios mediante procedimiento preferente y sumario, y ante el Tribunal Constitucional por amparo. Estas son las vías procedimentales especiales previstas.