¿A cuál de los siguientes conceptos corresponde la definición del art. 6 de la ley Orgánica, 3/2007, de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres? " La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutra, pone a una persona de un sexo en desventaja particular con respecto a personas de otro sexo":
- A.Principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres.
- B.Discriminación Directa.
- C.Discriminación Indirecta.Respuesta correcta
- D.Acoso Sexual
Explicación
La respuesta correcta es C. La discriminación indirecta por razón de sexo es cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutra pone a personas de un sexo en desventaja particular respecto a otro sexo. Esta definición está en el artículo 6 de la LO 3/2007.