Según el artículo 97 del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP), ¿en qué plazo prescriben las faltas muy graves? ¿Desde qué momento se comienzan a contar estos plazos?
- A.Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los dos años, comenzando a contarse los plazos desde que se hubieren cometido las faltas.
- B.Las sanciones impuestas por faltas graves prescribirán al año, comenzando a contarse los plazos desde la ejecutividad de la resolución sancionadora.
- C.Las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año, comenzando a contarse los plazos desde la firmeza de la resolución sancionadora.Respuesta correcta
- D.De acuerdo con el artículo 16 del TREBEP, el ascenso del expediente sancionador al Archivo de los documentos administrativos, es el proceso a través del cual se pone fin a la vía administrativa.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según el artículo 97 del TREBEP, las sanciones por faltas leves prescriben al año, comenzando a contar los plazos desde la firmeza de la resolución sancionadora. Las faltas graves prescriben a los 2 años y las muy graves a los 3.