Supuesto I — Derecho Administrativo General (continuación). De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, y además del importe de sus gafas, D. Ulises G. C. reclama una indemnización por daños físicos, ¿a partir de qué fecha comenzaría el plazo de prescripción de la acción para resarcirse?:
- A.Desde la fecha de la curación o de la determinación de las secuelas.Respuesta correcta
- B.Desde la fecha del hecho causante, independientemente de la curación o de las secuelas.
- C.Desde la fecha de entrada en el registro del órgano competente para resolverlo.
- D.Desde la fecha de entrada en el registro de cualquier Administración, sea o no la competente para resolverlo.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley 30/1992 establece que en reclamaciones de daños físicos a personas, el plazo de prescripción comienza desde la curación o determinación de las secuelas, no desde el momento del hecho. Esto responde al principio de que la acción aún no ha nacido hasta que se conoce el alcance completo del daño.