Supuesto I — Derecho Administrativo General: D. Ulises G. C. solicita una indemnización al ICAA (Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales) de la Subdirección General del Ministerio de Cultura, por daños sufridos en sus gafas tras tropezar en una baldosa suelta del suelo del Cine Doré (adscrito a la Filmoteca Española), por importe de 192,30 euros, mediante carta con entrada en la Delegación Provincial de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha en Ciudad Real el 12 de marzo de 2011, y con entrada en el ICAA el 12 de abril. Dña. Penélope M. C., con entrada en el registro general del ICAA el 17 de julio de 2011, en calidad de Subdirector General, contra una resolución de la propia Filmoteca Española, que no le deniega la solicitud de indemnización a las gafas que asegura le habrían sido inutilizadas. Por otra parte, el ICAA tiene previsto rehabilitar un edificio histórico para albergar el Museo de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales de España. El proyecto está valorado en 5.935.632,92 euros. Una de las empresas que concurre a la licitación, con domicilio social en Murcia, es excluida de la licitación y recurre ante el Tribunal Administrativo Central de recursos contractuales. Asimismo, a comienzos de enero del año 2011 se ha adjudicado un contrato de suministro, por un período de dos años, a la empresa "Suministros Cinematográficos, S.L.", para el suministro de material al Cine Doré (adscrito a la Filmoteca Nacional). En relación con el supuesto se formulan las siguientes preguntas: Según la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, Ley 30/1992), el derecho a reclamar de D. Ulises G. C. ante la Administración, prescribe, en este caso:
- A.Al año del hecho.Respuesta correcta
- B.A los seis meses de producirse el hecho.
- C.A los tres meses de producirse el hecho.
- D.A los dos años de producirse el hecho.